Copia autorizada del Testamento

4ºA)  Copia autorizada del Testamento.

El siguiente paso es solicitar una copia autorizada del testamento (ojo, no nos vale una copia simple).

Previamente debemos disponer del certificado de Registro General de Actos de Última Voluntad.  En dicho Certificado, constará si el causante otorgó testamento o no. Y si lo hubiera otorgado, fecha del testamento, y la notaría /nombre del notario donde se hizo testamento.

El difunto, puede que hiciera varios testamentos a lo largo de su vida; pero es el último (o más reciente), el testamento que es el valido, ya que, generalmente, el último revoca al anterior.

Puede darse el caso de que el testador exprese, en el último testamento, su voluntad de que subsista en todo o en parte un testamento anterior. Si bien no es un caso frecuente ni aconsejable, por la problemática que puede originarse.

Una vez esté localizada la Notaría en donde se encuentra depositado el  testamento, tenemos que solicitar, en esa Notaría, la copia autorizada del testamento. Tenemos que acompañar el DNI del solicitante, “el certificado de últimas voluntades” y certificado de defunción original del causante. La solicitud la tiene que efectuar los herederos instituidos, los legatarios, albaceas, contadores partidores, administradores y demás personas a quienes en el testamento se reconozca algún derecho o facultad.

En el testamento constará quienes son los herederos y en qué proporciones heredan.

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